Corte de La Serena ordenó abstenerse de usar balines y lacrimógenas en protestas pacíficas

“Las autoridades Carabineros de Chile y Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberán abstenerse de utilizar armas letales, como también balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente”, decretó la Corte de Apelaciones de La Serena.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió hoy –viernes 15 de noviembre– a trámite dos recursos de protección presentados en contra de Carabineros y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el uso de balines y gases lacrimógenos en protestas y manifestaciones pacíficas.

En fallos unánimes (causas roles 3681 y 3691-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Carlos Espinosa, el fiscal judicial Jorge Colvin y la abogada (i) María José Montesino– dictó, además, orden de no innovar con el objetivo de resguardar las garantías constitucionales que podrían verse afectadas o amenazadas en tanto se resuelve la acción constitucional de amparo.

“Atendido los hechos esgrimidos y con el objeto de resguardar las garantías constitucionales que puedan verse afectadas y/o amenazadas mientras se resuelve la presente acción constitucional, se decreta orden de no innovar, en el sentido que las autoridades Carabineros de Chile y Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberán abstenerse de utilizar armas letales, como también balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas”, consignan los fallos.

Asimismo, la Corte de La Serena ordenó oficiar a las partes recurridas para “(…) informar al tenor de los recursos interpuestos, en un plazo de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder”.